martes, 18 de diciembre de 2018

¡Felicidades!

Queridos colegas, incansables compañeros   en busca de justicia para nuestro sector, desde este espacio les deseamos lo mejor para estas fiestas. ¡Que Dios los bendiga!

martes, 20 de noviembre de 2018

CAMBIOS EN DICIEMBRE  EN HABER MÍNIMO PARA CALCULAR DESCUENTOS POR GANANCIAS 



En DICIEMBRE las jubilaciones,tendrán un aumento del 7,99% la jubilación mínima será de $ 9310, por lo tanto el descuento de ganancias será a partir de $55860 (6 haberes mínimos).

RECORDEMOS QUE ESTA ÚLTIMA INFORMACIÓN DEBE SER PRIMERO PUBLICADA EN EL B.O. ANTES DE SER APLICADA.

Hoy 23 de noviembre se publicó en B.O el aumento correspondiente a diciembre: $7,78 así que las cifras variarán levemente.

miércoles, 15 de agosto de 2018

Movilidad septiembre jubilados  docentes (RIPDOC): 9,54%


Se dio a conocer oficialmente  la movilidad para septiembre de los jubilados docentes.
La movilidad según Circular Dp de Anses n°46/18 será de 9,54%.

Para los docentes universitarios (Circular DP 48/18)  movilidad 7,38% 


miércoles, 11 de julio de 2018

Cómo se calcula la movilidad docente ( RIPDOC)  Por reiteradas consultas sobre la movilidad de septiembre y cómo se calcula, publico nuevamente una nota de este blog editada en agosto de 2014 que explica detalladamente el método de cálculo y porqué, a pesar de tener una relación con el aumento de los activos, hay otros componentes que dificultan el cálculo. " Como se calcula el RIPDOC :




Para calcular el RIPDOC se efectúa un cociente entre la masa de remuneraciones sujeta a aportes de los cargos docentes con destino al SIPA (o sea los docentes en actividad que aportan al ANSES) y el total de docentes que figuran en las nóminas de declaraciones juradas informadas mensualmente bajo los códigos de actividad docente.
O sea, quedan afuera los docentes cuyas jurisdicciones tienen caja de jubilaciones propias y todas las remuneraciones sin aporte.
Conclusión: Como vemos es muy difícil predecir cuánto nos va a corresponder de aumento porque es muy difícil calcular el RIPDOC. Aunque éste tiene una relación con los aumentos otorgados a los docentes de las provincias que han transferido sus cajas hay que tener en cuenta que no se consideran los aumentos no remunerativos y que últimamente se están otorgando aumentos en cuotas, lo que dificulta también el cálculo"

Aclaramos que para el aumento de septiembre el RIPDOC se calcula con datos del semestre enero-junio del año en curso.

ES DECIR QUE LO MEJOR ES ESPERAR HASTA QUE SE COMUNIQUE PARA NO TENER FALSAS EXPECTATIVAS.

sábado, 30 de junio de 2018

ANSES CIRCULAR DP N° 28/18

Muchos han consultado en el blog sobre los cambios que hubo en la liquidación de junio. Ya hemos contestado a todos. Para ampliar la información les 
comunicamos el motivo de dichos cambios, que están detallados en la circular de Anses DP 28/28. 


CIRCULAR DP 28/18


MOVILIDAD PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS DOCENTES MENSUAL JUNIO/2018


Teniendo en cuenta que la próxima movilidad a aplicar sobre las prestaciones Docentes, operará en el mensual 09/2018, se brindan las pautas de liquidación de este tipo de prestaciones, teniendo en cuenta los nuevo valores de haber mínimos, máximos y de PBU que rigen a partir del mensual 06/2018.


Si desean ver la circular completa les paso el link 

del que pueden bajarla.





martes, 5 de junio de 2018

Acerca de la noticia sobre la creación de una Comisión para revisar los regímenes diferenciales de jubilación

El diario Clarín publicó ayer este título: 

"El Gobierno creó una comisión para revisar los regímenes especiales de jubilaciones

Esta comisión fue creada por la Res 194/18 del MTEySS publicada ayer en el B.O
En la noticia se confunden regímenes especiales y regímenes diferenciales.
La norma se refiere únicamente a regímenes diferenciales.
Nuestro régimen jubilatorio es especial, no diferencial,

Aclaramos que esto no significa que en lo sucesivo no se revisen, o se creen comisiones para revisar o modificar los regímenes especiales.

Les dejo el link de una nota del Dr. Anibal Paz que es muy esclarecedora.



miércoles, 28 de marzo de 2018

CAMBIOS EN JUNIO EN HABER MÁXIMO PARA CALCULAR DESCUENTO SEGÚN LEY 24463 Y HABER MÍNIMO PARA CALCULAR DESCUENTOS POR GANANCIAS

Como ya hemos publicado en una entrada anterior el haber mínimo a partir de marzo es de $ 7.660,42.- PARA QUE NO DESCUENTEN GANANCIAS EL HABER NO DEBE SUPERAR LAS 6 JUBILACIONES MÍNIMAS O SEA $45.962, 52.-

El haber máximo a partir del mismo mes es de $56121,65
Superado ese monto, se aplicará un descuento del 15% sobre el excedente (ley 24463)

En junio las jubilaciones aumentarán un 5,66%, la jubilación mínima será de $ 8096, por lo tanto el descuento de ganancias será a partir de $48576 (6 haberes mínimos)
El haber máximo será de  $59314, monto a partir del cual se aplicará un descuento del 15% sobre el excedente.

RECORDEMOS QUE ESTA ÚLTIMA INFORMACIÓN DEBE SER PRIMERO PUBLICADA EN EL B.O. ANTES DE SER APLICADA.



miércoles, 21 de febrero de 2018

CONFIRMADO:

RIPDOC marzo 2018  % 11,65

RIPDUM marzo 2018   % 13,40

Ya salieron las resoluciones del índice de movilidad de jubilados docentes nacionales. Esos son los porcentajes.

NORMATIVA:
 Movilidad docentes nacionales: Circular  ANSES  (DP) 9/18 
Movilidad docentes universitarios: Circular  ANSES  (DP) 10/18 
Movilidad docentes nacionales marzo 2018 (RIPDOC) %11,65. Información No Oficial aún.

Según información de ANSES  considerando el monto de nuestras liquidaciones, este sería el porcentaje que nos correspondería como aumento en marzo. ( recuerden que lo pueden consultar en Mi Anses a partir del 1ro de marzo)  No es información oficial pues aún no fue publicada la resolución.
IMPORTANTE: Este aumento se extiende hasta septiembre, mes en el que recibiríamos un nuevo aumento según RIPDOC. En junio NO recibimos aumento.
PARA TENER EN CUENTA:
Como publiqué ayer  nos descuentan ganancias si nuestro haber (siempre en bruto) supera el monto de 6 jubilaciones mínimas.
Los que estaban cerca de ese monto es muy probable que al ser nuestro aumento superior al % 5,71 de las jubilaciones generales ahora queden comprendidos en el descuento. Vayan presentando el F. 572. Vence el 31 de marzo.
Apenas se oficialice la información la publico.

martes, 20 de febrero de 2018

Informaciones breves

Ayer se publicaron en le B.O. varias resoluciones de la ANSES.
Una de ellas es el calendario de pago de los próximos tres meses. Les paso el link
http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=306918
Se publicó también el valor de la jubilación mínima que quedó establecido en $ 7.660,42.-
RECUERDEN QUE PARA QUE NO DESCUENTEN GANANCIAS EL HABER NO DEBE SUPERAR LAS 6 JUBILACIONES MÍNIMAS O SEA $45.962, 52.-

Todavía no hay novedades de la movilidad de las jubilaciones docentes.

jueves, 8 de febrero de 2018

Reglamentación de la reforma previsional de diciembre: Decreto 110/2018

El gobierno reglamentó la reforma previsional sancionada en diciembre. Se publicó hoy en el B.O.  Les paso el link https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/178614/20180208


Recuerden que deben bajar los anexos. El más importante para nosotros es el 1ero.

ARTÍCULO 1°.- Reglamentación del artículo 1° de la Ley N° 27.426:
a). Los beneficios cuyos titulares perciben los reajustes dispuestos por el Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados, creado por la Ley N° 27.260 y su modificatoria, estarán alcanzados por la movilidad trimestral establecida por el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias. Asimismo,  los beneficios con sentencia firme de reajuste pasada en autoridad de cosa juzgada con anterioridad al 1° de marzo de 2018, se les aplicará la movilidad mencionada desde dicha fecha.

b). Si el resultado final de la aplicación de las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor Nacional más la variación de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables, ambos en la proporción que corresponda, fuese negativa en un trimestre, las prestaciones involucradas no sufrirán modificaciones por aplicación de la movilidad.

Esto significa para nosotros que la reglamentación NO HA MODIFICADO LOS ÍNDICES RIPDOC Y RIPDUM. 
Esto no quiere decir que más adelante o con otro decreto no se modifiquen. Por ahora no han sido modificados.
Otra cuestión es saber el porcentaje de esos índices. En pocos días los darán a conocer y los publicaremos en el blog.